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Actualización sobre las leyes de alquiler de vacaciones en España

9 ago 2018
Actualización sobre las leyes de alquiler de vacaciones en España

Según la agencia Tourist Movement on Borders, Frontur, España recibió 13,7 millones de visitantes internacionales durante el primer trimestre de 2018, un aumento del 6% en las cifras de 2017. Con 1,4 millones de visitantes que optaron por alojarse en alojamientos de alquiler de vacaciones, un aumento saludable del 7% año tras año, y eso son solo las cifras oficiales. Teniendo en cuenta que muchos hogares de corta estancia permanecen sin registrar en España, esperamos que la cifra real sea mucho más alta.

Han pasado cinco años desde que el gobierno español excluyó los alquileres vacacionales de la LAU (Ley Arrendamientos Urbano) y delegó la tarea de regular la industria en sus 17 gobiernos regionales. Solo hay un par de las 17 comunidades autónomas que hasta ahora no han regulado el alojamiento de alquiler vacacional. Descubra el estado más reciente en su región.

COMUNIDAD VALENCIANA

¿Está regulado? Sí, según el Decreto 92/2009 original, que se actualizó en 2015 Decreto 75/2015 desde: julio de 2009, con la última modificación en mayo de 2015. Esenciales: los propietarios deben esperar hasta que se hayan registrado para comenzar la actividad de alquiler y deben comenzar a alquilar dentro de los dos meses registro. Puntos a tener en cuenta: si administra cinco o más propiedades, debe registrarse como empresa de turismo. Se suspenden otras solicitudes de registro en los distritos de Ciutat Vella, mientras que el gobierno discute la protección del medio ambiente y la cultura en el área. Para registrar su propiedad: Descargue los formularios de solicitud y presente su declaración Responsable en una oficina de turismo local, en línea con un firma electrónica o en la oficina de correos. Los propietarios también deben obtener permiso de su ayuntamiento antes de poder registrarse. Documentos requeridos: escritura de la propiedad (título), licencia de primera ocupación, pasaporte o DNI (tarjeta de identidad nacional), escritura de la compañía si se registra como una empresa de gestión de alquileres. Nota: los códigos de registro para propietarios privados comienzan VT y gerentes y empresas EGVT. Seguido de un código para cada provincia. El gobierno de Valencia ha producido una excelente guía para los propietarios de alquileres de vacaciones para ayudarles a registrarse.


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